¿Con qué frecuencia debo inscribirme para votar y solicitar mi boleta electoral en el extranjero?

En Octubre del 2009, el Congreso aprobó la Ley de Empoderamiento del Votante Militar y en el Extranjero (MOVE). 


Esta ley establece que, como votante en el extranjero/militar, debe enviar un nuevo formulario de Registro de Votantes/Solicitud de Boleta a su funcionario electoral local cada año natural en el que desee votar, así como cada vez que cambie de dirección. Debe enviarlo lo antes posible para asegurarse de que está registrado a tiempo para el día de las elecciones. 


Nunca de por hecho que se le enviará una boleta sin haber llenado y enviado un formulario nuevo de Registro de Votantes/Solicitud de Boleta, o sin tener confirmación directa de su funcionario electoral de que figura en el censo electoral. Confirme siempre que está en la lista para recibir una boleta en el extranjero/militar para las próximas elecciones.